Qué se suspende y qué sigue
- Los plazos procesales no corren: los días de feria no se cuentan, y lo que vencía durante la feria vence el primer día hábil siguiente.
- Las notificaciones electrónicas que llegan durante la feria se tienen por perfeccionadas el primer día hábil posterior, y el plazo empieza a correr al día siguiente.
- Funcionan los tribunales de feria, solo para asuntos urgentes con habilitación: cautelares, cuestiones de libertad, alimentos, internaciones.
- Las audiencias fijadas dentro de la feria se reprograman, salvo las de feria.
Cómo contar un plazo que atraviesa la feria
Un traslado de cinco días notificado el 1 de enero de 2026 no vence cinco días después: el primer día del cómputo es el primer día hábil posterior a la feria y, desde ahí, cinco días hábiles. Probalo con la calculadora de plazos.