Qué se suspende y qué sigue
- Los plazos procesales no corren: los días de feria no se cuentan, y lo que vencía durante la feria vence el primer día hábil siguiente.
- Las notificaciones electrónicas que llegan durante la feria se tienen por perfeccionadas el primer día hábil posterior, y el plazo empieza a correr al día siguiente.
- Funcionan los tribunales de feria, solo para asuntos urgentes con habilitación: cautelares, cuestiones de libertad, alimentos, internaciones.
- Las audiencias fijadas dentro de la feria se reprograman, salvo las de feria.
Cómo contar un plazo que atraviesa la feria
Un traslado de cinco días notificado el 20 de julio de 2026 no vence cinco días después: el primer día del cómputo es el primer día hábil posterior a la feria y, desde ahí, cinco días hábiles. Probalo con la calculadora de plazos.
Fuente
Acordada CSJN – feria de invierno 2026 (coincide con el receso escolar de CABA) Confirmar fechas con la acordada del año.